Credit: https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Constitution_Day_Naturalization_Ceremony_(7996948236).jpg
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Rosché Immigration Law PLLC
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Naturalización

Si usted es un Residente Legal Permanente, y posee una Tarjeta Verde, podría pensar en el día en el cual se convierta en ciudadano estadounidense y así asegurarse de no ser deportado de Estados Unidos nunca más. Convertirse en ciudadano también acorta el proceso para traer a los miembros de su familia al país, y le permite peticionar por sus progenitores y hermanos/as. Para convertirse en ciudadano, deberá pasar por el proceso de naturalización.

 

Naturalización: N-400

Los aplicantes para la naturalización deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 18 años o más.
  • Poseer una tarjeta verde y con residencia en el país por 5 años, o 3 años si está casado con un/a ciudadano/a estadounidense, o haber recibido la tarjeta verde bajo el Acta de Violencia en contra de las Mujeres (VAWA), o inmediatamente al haber recibido la tarjeta verde si califica para la naturalización expedita bajo 319(b) ver debajo.
  • Haber estado presente físicamente en los Estados Unidos la mitad de los últimos cinco años antes de hacer la petición, o la mitad de los últimos tres años si está casado/a con un/a ciudadano/a estadounidense.
  • Saber leer, escribir y hablar en inglés, excepto que aplique para alguna excepción.
  • Aprobar un examen cívico de la historia y gobierno de Estados Unidos.
  • Ser una persona de buen carácter moral.

 

Naturalización Expedita 319(B) para Cónyuges de ciudadanos estadounidenses expatriados

Si usted es un Residente Legal Permanente y está casado/a con un/una ciudadano/a estadounidense que vive y trabaja en el extranjero, podría obtener la ciudadanía estadounidense sin tener que cumplir con los requisitos de residencia y tiempo de permanencia. La sección 319(b) del Acta de Inmigración y Nacionalidad crea un proceso llamado “naturalización expedita”. Usted incluso podría convertirse en ciudadano/a estadounidense al mismo tiempo que recibe su residencia legal permanente.

 

Además de estar casado/a con un/una ciudadano/a estadounidense, su cónyuge debe estar empleado/a por alguna de estas organizaciones:

  • el gobierno de Estados Unidos;
  • alguna institución de investigación estadounidense reconocida por el Fiscal General de Estados Unidos;
  • una empresa estadounidense (o su subsidiaria) dedicada el comercio internacional;
  • alguna organización pública internacional, como Naciones Unidas,
  • alguna institución religiosa estadounidense

 

El trabajo en el extranjero de su cónyuge debe durar por lo menos un año, y usted debe planear residir en los Estados Unidos una vez que el trabajo finalice.

 

La naturalización a través del 319(b) requiere la coordinación con un consulado de los Estados Unidos, USCIS, y el FBI. Contratar un abogado le asegurará que el proceso se lleve a cabo de manera adecuada y, al mismo tiempo, evitar múltiples y costosos viajes a los Estados Unidos.

 

La Srta. Rosché ha asistido a parejas en el extranjero para que reciban la naturalización expedita bajo la cláusula 319(b), tanto como cónyuges de militares estadounidenses, como a miembros de empresas estadounidenses trabajando en el extranjero. Si su cónyuge estadounidense trabaja en el extranjero, Reserve una Consulta para considerar la naturalización expedita.

 

Naturalización para Discapacitados y Adultos Mayores

Si bien la mayoría de los Residentes Legales Permanentes deben aprobar un examen cívico en inglés, existen algunas pocas excepciones a esta regla. Si usted es mayor de 50 años y ha sido Residente Legal Permanente por más de 20 años, o si es mayor de 55 años y ha sido Residente Legal Permanente por más de 15 años, puede tomar el examen cívico en su idioma nativo. Si es mayor de 65 años y ha sido Residente Legal Permanente por más de 20 años, tiene permitido tomar el examen en su idioma nativo y en una versión mucho más simple.

 

Aquellos que no sean tan grandes de edad, pero que aun sean incapaces de tomar el examen cívico incluso en su idioma nativo, pueden aplicar por una excepción por discapacidad médica, tanto para el examen cívico como para los requerimientos de idioma inglés. La excepción por discapacidad médica requiere que el profesional médico del aplicante complete un formulario dando fe de la incapacidad del aplicante para aprender. Esta incapacidad puede deberse a varias razones tales como Desorden de Estrés Postraumático, dislexia o demencia. Si usted cree tener dificultades para aprender sobre la historia y cívica de los Estados Unidos, contacte ahora con nuestra oficina para evaluar si su condición pudiera aplicar como una excepción.

 

Ciudadanía Derivada y Adquirida: N-600 o DS-2029

Cualquier persona que nazca en los Estados Unidos es ciudadano al nacer, con muy pocas excepciones. Para aquellos nacidos fuera de los Estados Unidos y que sus padres sean ciudadanos estadounidenses al momento de su nacimiento, o que se vuelvan ciudadanos tiempo después, siempre es mucho más complicado determinar si la persona es ciudadana estadounidense y cuándo obtener la ciudadanía. Obtener la ciudadanía en estas circunstancias a veces es algo automático y no requiere ninguna acción de parte del niño o niña, lo cual deja a muchas personas sin darse cuenta de su estatus. Obtener la documentación apropiada sobre su ciudadanía es vital para prevenir sorpresas en el futuro. Imagínese haber sido ciudadano estadounidense por años y no saberlo, o pensar que es ciudadano estadounidense para repentinamente enfrentar la posibilidad de ser deportado al no estar el gobierno de acuerdo con su postura.

 

Si sus padres o abuelos fueron ciudadanos estadounidenses cuando usted nació, o antes de que usted cumpliera los 18 años, analizaremos su caso para determinar si es que ya es ciudadano estadounidense y lo ayudaremos a obtener la documentación apropiada.

 

 

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